Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un empleado y un empleador, donde el trabajador, ofrece sus servicios y tiempo a cambio de una retribución. Este puede ser escrito o verbal, salvo excepciones donde obligatoriamente debe estar por escrito y debe contemplar los siguientes puntos:
- Cargo y funciones
- Tipo de jornada
- Período de prueba
- Convenio colectivo al que está adscrito.
Las contrataciones más frecuentes son:
- Contrato indefinido:
- Código: 100 (completo) / 200 (Parcial)
- La formalización puede ser verbal o escrita
- De ser parcial debe estar contemplada la jornada y si realizará horas complementarias.
- Contrato por obra o servicio
- Código : 401 (Completo) / 501 (Parcial)
- La formalización debe ser escrita
- La duración está relacionada con el tiempo que se mantenga la causa por la que se realizó el contrato.
- Contrato por circunstancias de la producción
- Codigo: 402 (Completo) / 502 (Parcial)
- Debe formalizarse por escrito
- Estará contemplado la fecha de culminación del contrato
- Debe estar justificada y precisa la causa de la contratación .
- Contrato por interinidad
- Codigo: 410 (Completo) / 510 (Parcial)
- Se debe formalizar por escrito
- No es obligatorio colocar fecha de fin de contrato.
- Se entenderá por finalizada la relación laboral cuando se incorpore el trabajador sustituido.
- Transformación de temporal a indefinido
- Código: 189 ( Completo) / 289 (Parcial)
- El empleador puede obtener bonificaciones en la seguridad social
- Formalización escrita.